Cuando de libros de papel se trata, que alguien regale
o preste los suyos no da trabajo a policías ni a jueces. El único problema que
puede haber es que algún listillo, que los hay, no devuelva los prestados, se
haga mala fama y pierda una amistad. Pero de allí no pasa. No es ilegal ni
indebido prestar los libros de papel, y el tema incluso es un tanto intrascendente.
Pero con el libro electrónico la cosa es bien
diferente. Para muchos, que alguien “preste” o “regale” los que ha comprado
debiera de ser un delito. El argumento es bien conocido: tal préstamo o tal
regalo no existen, porque el dueño no pierde su original, simplemente está
filtrando copias del suyo. Si, en el mejor de los casos, paga un libro electrónico,
esa unidad la puede prestar o regalar a todos sus compañeros o amigos en la
escuela.
Por otro lado, viendo las cosas desde el punto de vista de ese lector
dadivoso, también existen argumentos a su favor. Cuando alguien compra algo, lo
que sea, es libre de hacer con su “cosa” lo que se le venga en gana. Si no es
comestible, se la puede comer. ¿Por qué entonces un lector no puede hacer con
el archivo digital que ya compró lo que le dé su real gana? Si prestarlo por medio de una computadora le es posible, ¿por qué impedírselo?
No obstante, la diferencia entre el libro impreso y el
electrónico que sí merece importancia es que alguien sea capaz de vender su
copia. Con el impreso se puede hacer porque es un objeto físico, y si alguien
ya pagó y leyó el suyo probablemente quiera recupera algo de su dinero. Pero el
electrónico no es un objeto físico, el contenido es la labor intelectual de una
persona, y lucrar con él sin el debido permiso desde luego que constituye una
práctica ilegal.
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